Ofrecemos un servicio completo para la tramitación de herencias. Nos encargamos de orientarte en la recopilación de toda la documentación necesaria y de presentar el impuesto de sucesiones y plusvalía. Además, te asistimos en el proceso para desbloquear las cuentas bancarias, inscribir la vivienda en el registro de la propiedad correspondiente y realizar el cambio de titularidad del vehículo heredado.

Nuestros honorarios por este servicio son de 250€. Sin embargo, te recomendamos solicitar un presupuesto personalizado, ya que el coste puede variar en función de varios factores, como el número de herederos y las propiedades involucradas en la herencia. 

En la Gestoría Lancisa, nos esforzamos por ofrecer tarifas transparentes y ajustadas a las necesidades de cada cliente.

El plazo para presentar el impuesto de sucesiones y pagar la plusvalía es de 6 meses a partir de la fecha del fallecimiento. No hay un plazo específico para realizar la escritura de adjudicación de herencia.

Para realizar una herencia, necesitarás los siguientes documentos:

  • Certificado de defunción (si no lo proporciona la compañía de seguros de decesos, debes solicitarlo en el registro civil donde ocurrió el fallecimiento).
  • Certificado de últimas voluntades (también proporcionado por la compañía de seguros de decesos, o se puede solicitar después de 15 días desde el fallecimiento).
  • Certificado del contrato de seguros de cobertura de fallecimiento.
  • Testamento/declaración de herederos.
  • Libro de familia.
  • DNI del fallecido y de los herederos.
  • Certificado de los saldos bancarios de las cuentas a la fecha del fallecimiento y acciones o valores que pudiera tener.
  • Escrituras de propiedad (títulos de adquisición de los inmuebles: compraventa, donación, herencias, etc.).
  • Recibos del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) de los inmuebles.
  • Documentación del vehículo (permiso de circulación y ficha técnica).
  • Cualquier documentación que acredite cargas, deudas y gastos (entierro, etc.).

El impuesto de sucesiones es progresivo y varía según la Comunidad Autónoma donde haya fallecido el causante. Actualmente, está bonificado al 99% en casi todas las Comunidades Autónomas.

Si no es posible liquidar el impuesto de sucesiones dentro del plazo de 6 meses, se puede solicitar una prórroga de otros 6 meses para su presentación. Esta solicitud debe presentarse en los primeros 5 meses del plazo de presentación del impuesto. Para el pago de la plusvalía también se puede solicitar una prórroga de 6 meses, pero en este caso, la solicitud debe realizarse dentro de los primeros 6 meses.

¡TU TRANQUILIDAD ES NUESTRA PRIORIDAD!